FUNDAMENTOS DE LA LEY 15139

 La Provincia de Buenos Aires, al momento de legislar en materia de tránsito, eligió hacerlo siguiendo los lineamientos de las normas nacionales. Es por ello que, a través de la Ley N° 13927, adhirió a las Leyes Nacionales 24.449 “Ley de Tránsito” y Ley № 26.363 “Tránsito y Seguridad Vial”. El objetivo de esta adhesión, es la unificación de pautas y criterios de prevención en la siniestralidad vial y control de tránsito.

En este sentido y como complemento de dicha normativa, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Resolución N° 1560 del 30 de diciembre de 2011, con el objetivo de programar y coordinar la ejecución de la política de seguridad vial en la provincia de Buenos Aires y, en ese sentido, disponer los mecanismos para la implementación del Sistema de Emisión Centralizada de la Licencia de Conducir, de manera progresiva en los 135 municipios de la citada Provincia. Dicha tarea es llevada a cabo por la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

A raíz de esto, se rediseñó e implementó un nuevo procedimiento de expedición de licencias de conducir, para acentuar la agilidad, transparencia y seguridad que contemplan nuevas prácticas nacionales e internaciones.

No obstante, la tarea de tramitación descentralizada en los municipios, presenta una laguna normativa que debe ser abordada por esta Legislatura; dicha laguna aparece en el control.

A pesar de los mecanismos y sistemas implementados, existen municipios que incumplen con la correcta ejecución de los procedimientos, lo que genera no sólo una infracción por parte del municipio en cuestión, sino que también, un peligro para los ciudadanos que circulan por las múltiples vías de tránsito, ya que la aptitud de manejo de quien recibe las licencias no estaría debidamente comprobada.

La Provincia ha desarrollado un nuevo sistema unificado, tecnológico y aparentemente efectivo, es por ello que dicha modernización requiere de un control permanente por parte de ella.

Al ser la única responsable de la emisión, debe garantizarles a todos los ciudadanos que toda aquella persona que obtuvo una licencia, lo hizo de acuerdo a los procedimientos fijados previamente, respetando así la normativa provincial y evitando poner en riesgo la integridad física de todos aquellos que transiten por la Provincia de Buenos Aires.

El objetivo de esta reforma, es darle competencia al Consejo Provincial de Seguridad Vial, para que realice los controles mensuales en los municipios, con el fin de garantizar la transparencia de los presupuestos antes desarrollados, respetando así el principio de legalidad que rige para la Administración Pública.

Por todo lo expuesto, solicito a los señores legisladores la aprobación del presente proyecto.