SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Oficios Electrónicos con la Secretaría de Administración
Res. N° 298/2021
Expediente 3003-640-2020
VISTO lo informado por la Secretaría de Administración en el marco de las acciones desarrolladas para la simplificación de procedimientos, la incorporación de medios electrónicos para la gestión de sus áreas, y la utilización del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la Suprema Corte de Justicia para el procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales, y
CONSIDERANDO:
Que en el proceso gradual de utilización de nuevas tecnologías por parte de la Suprema Corte de Justicia con el propósito de favorecer una mayor celeridad y simplificación en las comunicaciones, se ha implementado el mecanismo por medios electrónicos para el requerimiento y contestación de oficios judiciales por parte de la Secretaría de Administración del Tribunal.
Que, habiéndose verificado su funcionalidad, una vez determinados los domicilios electrónicos y capacitado el personal de las áreas intervinientes, resulta oportuno determinar los tipos de requerimientos y establecer la fecha de inicio del Nuevo sistema.
Por Ello, La Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 4° del Acuerdo 3971,
RESUELVE
Artículo 1°: Establecer el día 1 de abril de 2021 como fecha de efectivo funcionamiento del mecanismo de oficios judiciales, por medios electrónicos, que se requieran y contesten por parte de la Secretaría de Administración de la Suprema Corte de Justicia.
Artículo 2°: Hacer saber a los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, así como en su caso, a los órganos de gobierno de este Tribunal que, a partir de la fecha indicada en el artículo anterior y en el marco de las causas judiciales que tramitan ante tales organismos, deberán canalizar indefectiblemente los oficios correspondientes a los requerimientos, contestaciones de oficios y/o pedidos de informes, al/los domicilio/s electrónico/s que será/n publicado/s por la Subsecretaría de Tecnología Informática. Las respuestas, serán cargadas por la/s Area/s de la Secretaría de Administración también en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
Las solicitudes y/o pedidos de informes deberán ser dirigidos observando los requisitos, datos y documentación adjunta que a continuación se detalla:
a. Oficio judicial ordenando retención por alimentos o embargos, correspondiente a Magistrados, funcionarios y/o Agentes de la Jurisdicción Administración de Justicia; deberá contener: i) número de documento del Magistrado, funcionario y/o Agente al que debe efectuarse la retención, y ii) número del C.B.U. de la cuenta judicial donde debe
depositarse la retención. Dirigido a: administracion-sueldos@jusbuenosaires.gov.ar.
b. Oficio judicial solicitando informe sobre remuneración/s, recibo/s, o detalle de concepto/s o modalidad/es de la liquidación de haber/es; deberá contener el número de documento del agente judicial sobre el cual deba informarse. Dirigido a: administracion-sueldos@jusbuenosaires.gov.ar.
c. Oficio judicial solicitando la devolución del pago de Tasa de Justicia por pago erróneo, duplicado o en exceso; deberá contener: i) indicar el motivo de la devolución, ii) importe a reintegrar, iii) n° de Cuenta Judicial de autos, iv)
adjuntar la Boleta y comprobante de pago - en caso de pago duplicado los dos comprobantes -, y v) número del C.B.U. de la cuenta judicial. Dirigido a: administracion-tesoreria@jusbuenosaires.gov.ar.
d. Oficio judicial solicitando informe del pago de la Tasa de Justicia en casos que el sistema no haya generado el comprobanteelectrónico; deberá contener: i) datos de la causa y del pago realizado, y ii) adjuntar la Boleta original de la tasa de Justicia que se genera a través del sitio web de la Suprema Corte de Justicia. Dirigido a:
administracion-tesoreria@jusbuenosaires.gov.ar.
e. Oficio judicial solicitando la devolución de suma depositada, erróneamente ó por duplicado, en concepto de honorarios de peritos oficiales en la Cuenta Fiscal 50.022/7; deberá contener: i) indicar el motivo de la devolución, ii) importe a reintegrar, iii) n° de Cuenta Judicial de autos, y iv) adjuntar el comprobante de depósito o transferencia a la Cuenta 50.022/7 - en caso de pago duplicado los dos comprobantes -. Dirigido a: administraciontesoreria@jusbuenosaires.gov.ar.
f. Oficio judicial solicitando informe sobre depósito/s realizado/s en concepto de embargo/s de sueldo/s ó de embargo/s a proveedor/es de esta Jurisdicción Administración de Justicia; deberá contener: i) número de documento del Magistrado, funcionario y/o Agente, ii) número de C.U.I.T en caso del proveedor, y ii) indicación del período a informar. Dirigido a: administracion-tesoreria@jusbuenosaires.gov.ar.
Artículo 3°: Disponer que la Secretaría de Administración y la Subsecretaría de Tecnología Informática, en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen el seguimiento de su implementación y establezcan los procedimientos internos para su cumplimiento.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y publíquese en el sitio web de la Suprema Corte de Justicia.
Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani. Ante mí: German Agustín Gurrera, Matias José Álvarez.