Fundamentos de la

Ley 11520

 

            El presente proyecto de ley es sometido a la consideración de este Honorable Cuerpo, como aporte al equilibrio entre los diversos factores que se conjugan, en general, en todo el Mapa Judicial de la Provincia de Buenos Aires, y en particular, en el Fuero Laboral del Departamento Judicial La Plata.

            Los tribunales del Trabajo provinciales, creados por Ley 5.178 tuvieron como objetivo, evitar que las reclamaciones de los trabajadores de diluyeran en el tiempo. De allí que sus principios rectores fueran la oralidad en el procedimiento, la inmediación, concentración y abreviación de etapas procesales, impulso de oficio, celeridad, etc.

            Es que, si bien en su origen -hace cincuenta años- el funcionamiento de ellos fue ejemplar, lo cierto y real es que el crecimiento demográfico y el consecuente aumento de la litigiosidad, sencillamente rebasó la estructura de la administración de justicia.

            En tal sentido merece destacarse que en el año 1973 existían aproximadamente diecinueve mil (19.000) expedientes en trámite ante los treinta y cuatro tribunales del Trabajo de la provincia de Buenos Aires, lo cual arroja un promedio de 500 a 600 causas en cada uno de ellos.

            Para el año 1991, el número de juicios ascendió a treinta y ocho mil (38.000), es decir se duplicó, pero solo se crearon diez tribunales más, elevándose su número a cuarenta y cuatro, lo que significa solamente un 30% de organismos creados.

            Así, el promedio de causas que debía atender cada Tribunal, trepó a 900 expedientes. Para el Departamento Judicial La Plata, la cifra supera las mil causas por cada tribunal laboral.

            Por ello es que resulta conveniente reproducir, en su parte pertinente las Conclusiones De La Comisión De Estudio Y Análisis Y Propuestas Para Un Nuevo Mapa Judicial, creada por el señor Subsecretario de Justicia de nuestra Provincia, mediante Resolución № 10, de fecha marco 06 de 1992, las cuales en el informe respectivo, apartado VII expresa:”…en suma, que los principios básicos que inspiraron la instauración del fuero laboral con procedimiento especial, se encuentran menoscabados, cuando no definitivamente dejados de lado, por impero de una situación de crisis que podemos calificar de estructural, y a la que cabe poner remedio dentro de las posibilidades materiales de la Provincia… procediendo a la creación de nuevos tribunales en las localidades del Gran Buenos Aires, La Plata y Mar del Plata…”.

            Tenemos entonces que el presente, no es más que la conversión en realidad de aquéllas calificadas opiniones, lo cual se traducirá con seguridad en un alivio de la situación para los tribunales en funcionamiento en la actualidad, una mejor atención para los justiciables, y como fin último, una mejor administración de justicia.

            Por lo expuesto, solicito a los señores senadores acompañen con su voto la aprobación del presente proyecto.