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Fundamentos de la Ley 12664
El barrio 2 de Abril de la ciudad de Mar del Plata ubicado sobre la ruta nacional 2, con una población estimada en 3.000 personas, es una comunidad humilde y de rápido crecimiento en la que, de acuerdo a un estudio realizado en forma conjunta por estudiantes de la Universidad Nacional de Mar del Plata y madres del barrio, viven en él 106 menores de entre 0 y 3 años y 620 de entre 4 y 14 años. En el mencionado barrio no hay establecimientos educativos motivo por el cual los menores en edad escolar deben concurrir a establecimientos distantes no menos de 3 kilómetros de su lugar de residencia. A éste se le deben sumar otros factores como el de la seguridad, el costo del traslado, etcétera, frente a los cuales casi no hay excusas que justifiquen la postergación de la construcción de una escuela EGB.
Hay que señalar que por Resolución 1.349 del honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón, sancionada el 30 de diciembre de 1999, se solicita a la Dirección General de Cultura y Educación implemente las medidas para la construcción de la escuela. En su artículo 2 para cumplimentar los fines antes mencionados, y ante la inexistencia de tierras del dominio fiscal en el sector, sugiere dos alternativas para la compra de terrenos de modo de dar solución inmediata al problema planteado. A estas alternativas se agrega la de expropiación de terrenos que se tramite por el presente proyecto.
Las parcelas sujetas a expropiación para ser destinadas a la construcción de la escuela EGB en el barrio 2 de Abril han sido elegidas por estar ubicadas en el centro del barrio frente a una plaza, en una zona alta y con fácil acceso al transporte público dado que una línea urbana pasa por una de sus esquinas. Además, el total de la superficie supera el mínimo requerido por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia para la instalación de una EGB.
Por lo expuesto en párrafos precedentes solicito a esta honorable Cámara que acompañe con su voto favorable este proyecto.
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