Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
Resolución Nº 3.593/12
La Plata, 10 de julio de 2012.
VISTO el expediente Nº 2914-14719/12, iniciado por la D.G.P., caratulado: Ref: Nuevo Nomenclador de Insumos Protésicos, y
CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes actuaciones de la propuesta de modificación del Nomenclador de Insumos Protésicos;
Que al respecto, la Dirección General de Prestaciones informa que las Prótesis Nacionales no sufren incremento alguno desde el año 2006, lo cual genera un inconveniente en la provisión de éstas y ocasiona un grave perjuicio para la atención de los afiliados de este lOMA, y estima un aumento del gasto de pesos un millón ochocientos sesenta mil quinientos ochenta y tres con cuarenta centavos ($ 1 .860.583,40);
Que a fojas 2/40, luce Acta de Comisión Mixta lOMA - ACLlFE - FECLlBA y su Anexo, mediante la cual las partes aceptan el nuevo nomenclador valorizado de prótesis;
Que a fojas 41, la Dirección General de Administración presta conformidad a la propuesta en cuestión;
Que por último, la Dirección de Relaciones Jurídicas interviene sin formular objeciones desde el punto de vista de su competencia;
Que el Departamento de Coordinación deja constancia que el Directorio, en su reunión de fecha 27 de junio de 2012, según consta en Acta Nº 26, Resolvió: Aprobar el nuevo Nomenclador Valorizado de Insumos Protésicos, que como Anexo Único formará parte del acto administrativo a dictarse, con entrada en vigencia a partir del 1º de agosto de 2012. Encomendar a la Dirección General de Prestaciones que arbitre los medios necesarios a fin de implementar el nuevo sistema de provisión de prótesis;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas la Ley Nº 6.982 (T.O. 1987).
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Aprobar el nuevo Nomenclador Valorizado de Insumos Protésicos, que como Anexo Único forma parte de la presente, con entrada en vigencia a partir del 1º de agosto de 2012, en virtud de los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2º - Encomendar a la Dirección General de Prestaciones que arbitre los medios necesarios a fin de implementar el nuevo sistema de provisión de prótesis aprobado por la presente.
ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar a las Direcciones Generales y demás Direcciones intervinientes del Instituto para su conocimiento. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Antonio La Scaleia
Presidente IOMA