DECRETO 2770/90
LA PLATA, 27 de JULIO de 1990.
VISTO las actuaciones administrativas Nº 2200-00960/90 promovidas por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires referente a la cancelación de registros de escrituras públicas de conformidad a lo prescripto en los artículos 4º y 5º del Decreto-Ley 9020/78 y
CONSIDERANDO:
Que en estas actuaciones obran antecedentes de índice estadístico, como así también el tráfico escriturario e inmobiliario y la incidencia del movimiento económico en la actividad notarial.
Que de acuerdo a las facultades conferidas en el Decreto-Ley 9020, es necesario proceder a la cancelación de los registros de escrituras públicas vacantes en virtud de exceder el número necesario en cada distrito notarial para la prestación del servicio y que además tales registros no tienen en la actualidad adscriptos (artículos 3º y 5º del Decreto-Ley).
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Cancélanse los Registros de escrituras públicas que a continuación se detallan en las Partidos que en cada caso se indican:
*FE DE ERRATA del día 25/09/1990 BO Nº 21802:
En el Registro del Partido de General Pueyrredón se consignó el número 27 y debe ser 37.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.