DECRETO 5019/90
Visto el Decreto n° 320 de fecha 30 de diciembre de 1987; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado acto
administrativo se crea en Jurisdicción del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos,
Que por el artículo 3° del citado Decreto se estableció la constitución de la referida Comisión, designándose como presidente alterno al señor Subsecretario de Recursos Hídricos y Mineros;
Que por Decreto n° 2996/89 se
suprime de la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos, la citada Subsecretaría asignándosele a
Que por lo expuesto, procede dictar el pertinente acto administrativo que modifique el artículo 3° del Decreto n° 320/87;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 3° del Decreto n°320/87, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3°:
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretarios en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para su conocimiento y fines pertinentes.