DECRETO 586/92
VISTO: La sanción del Decreto 24/91, y
CONSIDERANDO:
Que se impone la necesidad de adecuar el organigrama contenido en el Anexo I del Acto Administrativo citado en el visto del presente, a fin de ajustar esa expresión gráfica a la normativa que constituye su marco obligado de referencia.
EL GOBERNADOR DE
EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto 24/91 por el Anexo I del presente.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín
Oficial, comuníquese a
NOTA: El Anexo del
presente Decreto no ha sido publicado en el Boletín Oficial. Si desea consultar
el citado Anexo lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en