DECRETO 707/2023
LA PLATA, 7 de Mayo de 2023
VISTO el expediente EX-2023-11634983-GDEBA-DPTDYPHJEGP de la Junta Electoral, por el cual tramita la designación de Ramiro Claudio SAN JUAN en el cargo de Director de Tecnología, Logística y Sistemas Electorales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 663/2022 se aprobó la modificación de la estructura orgánico-funcional de la Junta Electoral; Que mediante Resolución N° 5/23 de la jurisdicción se propició la designación de Ramiro Claudio SAN JUAN en el cargo de Director de Tecnología, Logística y Sistemas Electorales, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dichas funciones;
Que la vacante del cargo referido surge de la limitación de la designación de Vicente FASANO, oportunamente instrumentada mediante Decreto N° 2352/2022;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.04, Junta Electoral, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, a Ramiro Claudio SAN JUAN (DNI N° 30.653.181 - Clase 1983) en el cargo de Director de Tecnología, Logística y Sistemas Electorales - Secretaría de Modernización, en los términos de los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2º. Atender en la Junta Electoral el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º del presente, con imputación al Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central, Junta Electoral, Jurisdicción 04 - Jurisdicción Auxiliar 0 - Unidad Ejecutora del Programa 4 - Ubicación Geográfica 999 - Programa 1 - Actividad 1 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Finalidad 1 - Función 2 - Subfunción 0 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Régimen Estatutario 1 - Agrupamiento Ocupacional 15, Presupuesto General Ejercicio 2023, aprobado mediante Ley Nº 15.39.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que Ramiro Claudio SAN JUAN (DNI N° 30.653.181 - Clase 1983) no podrá tomar posesión del cargo en que se lo designa, hasta acreditar fehacientemente el cese en el cargo que actualmente ostenta.
ARTÍCULO 4 º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.