LEY 6927

 

Subsidio a los alumnos de cuarto año de las carreras de Farmacia y Doctorado de Bioquímica y Farmacia.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase por una sola vez, en calidad de subsidio, a los alumnos de cuarto año de las carreras de Farmacia y Doctorado de Bioquímica y Farmacia, promoción 1964, de la Facultad de Química y Farmacia de la Universidad Nacional de La Plata, la cantidad de quinientos mil pesos moneda nacional ($ 500.000m/n), para realizar viaje de estudios por países de Europa.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará al Anexo II, Sección 1ª, Inciso 2º, Partida Principal 2, Parcial 6, del Presupuesto de Funcionamiento, Ejercicio 1964.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.