DECRETO 2.979/97
Visto lo dispuesto por la Ley 11.997, Creación de la Bandera Bonaerense y la significación histórica que indudablemente inviste el proceso de selección de su diseño final y,
CONSIDERANDO:
Que en dicho evento y a través de la calidad de las propuestas generadas, se hizo evidente el deseo de la juventud estudiantil bonaerense de tomar participación en la gestación del emblema distintivo de su Provincia;
Que fuera ardua la tarea del jurado a cuyo cargo estuvo la responsabilidad de discernir la bandera cuyas características y atributos conjugaran la identidad bonaerense, a través de su vasta geografía, su capacidad productiva y su gloria;
Que la distinción final recayó en el diseño elaborado por la comunidad educativa de las Escuelas de Enseñanza Media N° 1 “Mateo Gelicich”, y de Enseñanza Media N° 2 “Domingo Faustino Sarmiento”, ubicadas en la ciudad de Capitán Sarmiento;
Que resulta necesario disponer un justo reconocimiento y rendir merecido homenaje a la localidad a la cual pertenecen los creadores de la naciente Bandera de la Provincia;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1°: Desígnase a la ciudad de Capitán Sarmiento como cuna de la Bandera de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario del Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, dese al Boletín Oficial y archívese.