DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

 

DECRETO 2.751

 

La Plata, 12 de noviembre de 2004.

 

VISTO: el expediente Nº 21.200-7.175/04 mediante el cual se propicia la prórroga del estado de Emergencia del Patronato de Liberados Bonaerense, por el término de (6) seis meses, autorizando al Poder Ejecutivo a extender por (6) seis meses adicionales la vigencia de la emergencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la Ley Nº 13.190, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la emergencia declarada por el referido plexo normativo, comprende aspectos organizativos, funcionales, operativos y laborales del Patronato de Liberados Bonaerense, reuniendo entre sus objetivos principales la transformación de su estructura y la optimización de los recursos humanos y materiales;

 

Que encontrándose facultado el Poder Ejecutivo para extender por seis (6) meses adicionales la vigencia de la emergencia determinada por Ley y en mérito a que subsisten las causales que motivaron su declaración, resulta procedente establecer dicha prórroga en legal tiempo y forma, teniendo en cuenta que la fecha de publicación en el Boletín Oficial data del 19 de mayo de 2004;

 

Que la presente medida tiene como principal finalidad continuar con las premisas de transformación estructural y optimización funcional fijadas en el ordenamiento rector, de conformidad con la facultad establecida en el artículo de la Ley Nº 13.190;

 

Que a fojas 7 obra dictamen de la Asesoría General de Gobierno,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

Art. 1º.- Extiéndese por seis (6) meses la vigencia del estado de emergencia del Patronato de Liberados Bonaerense a partir del 19 de noviembre del año 2004, fecha de vencimiento del plazo consignado en la Ley 13.190 (B.0. 19/05/04).

 

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.

 

Art. 3º.- Regístrese comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese.

SOLA
E. L. Di Rocco