DEROGADA POR LEY 5677

 

LEY 4672

 

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 5411 y 5305.

 

Incompatibilidades del personal de la Administración

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- No podrán acumularse en una misma persona, dos o más empleos, ya sean nacionales y provinciales, municipales y provinciales o provinciales, aunque alguno de ellos sea en reparticiones autónomas o autárquicas nacionales o provinciales.

 

ARTICULO 2.- Declárase incompatible el desempeño de un empleo provincial con el goce de una jubilación, pensión o retiro de la Nación, de otras provincias, de la Municipalidad de la Capital Federal, como así también de cualquier caja especial de jubilaciones, pensiones o retiros.

 

ARTICULO 3.- Exceptúase de las disposiciones contenidas en los artículos anteriores, los cargos que correspondan a la enseñanza primaria, secundaria, universitaria, personas especializadas en aeronáutica, profesionales en el arte de curar que desempeñen cargos provinciales y municipales conjuntamente, con seis  meses de anterioridad a la fecha de la promulgación de la presente, los funcionarios provinciales que teniendo una jubilación, retiro o pensión nacional o municipal, presten servicios en la Provincia y no se encuentren comprendidos en los beneficios de la Ley de Montepío Civil, y los empleados del servicio estenográfico de la Honorable Legislatura y del Consejo General de Educación (A partir de la palabra “Educación fue modificado por Ley 5305) y los retirados del Ejército, de la Armada, Aeronáutica, de la Policía Federal y la Gendarmería Nacional  que prestaren servicios en la Policía de la Provincia.

 

ARTICULO 4.- (Texto según Ley 5411) Los jubilados, retirados o pensionados de cualquier Caja, cuya jubilación, retiro o pensión sea inferior a trescientos setenta y cinco  pesos moneda nacional ($ 375 m/n), no se encuentran comprendidos en las incompatibilidades establecidas precedentemente.

 

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.