LEY 5512

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar al Hospital “José María Gomendio”, de Ramallo, hasta la suma de quinientos mil pesos moneda nacional ($ 500.000m/n), como contribución de la Provincia al pago de las obras de terminación del edificio licitadas por dicho nosocomio.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender el gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, que se declara de urgencia, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la presente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.