Fundamentos de la

Ley 10738

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se somete a consideración de ese Honorable Cuerpo un proyecto de ley por el cual se propicia la sustitución de la actual denominación del Ministerio de Asuntos Agrarios proponiéndose, en lo sucesivo, se lo designe como Ministerio de Asuntos Agrarios y Pesca.

            La modificación introducida tiene causal en la incorporación a dicha jurisdicción de la Subsecretaría de Pesca e Intereses Marítimos, efectuada por Decreto número 70 de fecha 6 de enero de 1988.

            Esta medida tiende a jerarquizar la estructura de gobierno a fin de permitir al Poder Ejecutivo contar con los medios necesarios para orientar la investigación, planificar, coordinar y fiscalizar la actividad pesquera jurisdiccional, así como entender en la programación y ejecución de políticas de infraestructura portuaria, servicios conexos y actividad marítima.

            La importancia que reviste para la Provincia, hace necesario que la nueva denominación de esa Secretaría de Estado sea indicativa de las áreas más importantes de su quehacer y que muestre la imagen de la programación moderna que ha emprendido.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.