DECRETO N° 740/2021

LA PLATA, 15 de Septiembre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-11497696-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, mediante el cual tramita la asignación de horas cátedra a Julio César VALVA y a Fabricio Esteban NOSENZO, y

CONSIDERANDO:

Que se propicia la asignación de treinta (30) horas cátedra a Julio César VALVA, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media, Asignatura Construcción Ciudadana, a partir del 4 de mayo de 2021, en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte;

Que, asimismo, se dispone la asignación de veinte (20) horas cátedra a Fabricio Esteban NOSENZO, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media, Asignatura Construcción Ciudadana, a partir del 4 de mayo de 2021, en el Centro de Contención Hogar de Tránsito;

Que sobre el particular se ha expedido la Junta de Clasificaciones mediante Acta N° 43 -con fecha 12 de mayo de 2021- estimando pertinente dar curso favorable a la presente gestión;

Que, conforme a la tipificación del Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte donde se desempeñará Julio César VALVA, corresponde otorgar la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios, como así también el adicional por ubicación en medios desfavorables fijado en el treinta por ciento (30%) de su sueldo, previsto en el artículo 17 de la reglamentación de la Ley Nº 10.648, aprobada por el Decreto Nº 6583/88;

Que, conforme a la tipificación del Centro de Contención Hogar de Tránsito, corresponde otorgar a Fabricio Esteban NOSENZO la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios;

Que la Dirección de Enlace Administrativo informa el gasto y la imputación presupuestaria correspondientes;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con los términos del artículo 107 de la Ley N° 10.579 -Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires-, y de los artículos 17, 18 y 19 del Decreto N° 6583/88, reglamentario de la Ley N° 10.648 - Carrera del Personal Docente de la Minoridad-, y Decretos N° 6166/89 y Nº 6583/88;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Dirección Provincial de Educación, Supervisión y Articulación Interinstitucional, Dirección de Educación, Estudios y Planificación, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media, Asignatura Construcción Ciudadana, treinta (30) horas cátedra, a partir del 4 de mayo de 2021, para desempeñarse en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte, a Julio César VALVA (DNI N° 24.363.375, Clase 1975), otorgándole la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios, como así también el adicional por ubicación en medios desfavorables fijado en el treinta por ciento (30%) de su sueldo, previsto en el artículo 17 de la reglamentación de la Ley Nº 10.648.

ARTÍCULO 2°. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Dirección Provincial de Educación, Supervisión y Articulación Interinstitucional, Dirección de Educación, Estudios y Planificación, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional - Nivel de Enseñanza Media, Construcción Ciudadana, veinte (20) horas cátedra, a partir del 4 de mayo de 2021, para desempeñarse en el Centro de Contención Hogar de Tránsito, a Fabricio Esteban NOSENZO (DNI N° 26.188.439 - Clase 1978), otorgándole la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 202, PRG 016, ACT 003 y 004, Finalidad 3, Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 02, Agrupamiento Ocupacional 17, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andres Larroque, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador