DECRETO 2324/2022

LA PLATA, 25 de Diciembre de 2022

VISTO el expediente EX-2022-38421709-GDEBA-DEDRDYAIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, mediante el cual se propicia designar a diversos/as agentes en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430 y modificatorias, a partir de la fecha de notificación, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 932/2022 se aprobó el Acta Acuerdo Salarial N° 3/2022, con fecha 10 de marzo del corriente, en la que se acordó el comienzo de un proceso de pases a Planta Permanente con Estabilidad, previsto en el artículo 15 de la Ley N° 10.430, de aquellos/as trabajadores/as que se encuentren revistando en la Planta Temporaria prevista en el artículo 111 incisos c) y d), que hayan sido designados/as al 31 de diciembre de 2021, con continuidad en el corriente año;

Que, en consecuencia, se propicia en esta instancia la limitación como Personal de Planta Temporaria Transitorio Mensualizado, a partir de la fecha de notificación, y la designación en la Planta Permanente con Estabilidad, en los términos del artículo 15 de la Ley N° 10.430 y sus modificatorias, de los/as agentes detallados/as en el Anexo II (IF-2022- 38513684-GDEBA-DDDPPIOMA), en los agrupamientos, categorías y dependencias allí establecidos;

Que los/as agentes referidos/as precedentemente venían desempeñándose en la Planta Temporaria prevista en el artículo 111 inciso d) y han sido designados/as por los actos mencionados en cada caso;

Que los/as postulantes acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 10.430 y modificatorias para la cobertura de los cargos respectivos;

Que la Dirección General de Administración informó la nomenclatura presupuestaria de la presente gestión y el respectivo compromiso provisorio para atender el gasto que demande;

Que, a fin de hacer efectivos los nombramientos, se realizará la adecuación presupuestaria de los cargos, de conformidad con el artículo 18 inciso 1) de la Ley N° 15.310 de Presupuesto General - Ejercicio 2022;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido en forma favorable;

Que las designaciones contenidas en el presente se propician a partir de la fecha de notificación y se efectúan de conformidad con las previsiones de los artículos 2°, 4°, 5° y 6° de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir de la fecha de notificación, las designaciones en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, en los términos del artículo 121 de la Ley N° 10.430, de las personas que se indican en el Anexo I (IF-2022- 38513444-GDEBA-DDDPPIOMA), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310 - Sector Público Provincial No Financiero - Administración Provincial, Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, la transferencia de veinte (20) cargos, incorporando las partidas, los regímenes estatutarios y los agrupamientos ocupacionales que correspondan, conforme se detalla en el Anexo III (IF-2022-38850952-GDEBADDDPPIOMA), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3°. Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2°, el Resumen del Número de Cargos – Organismos Descentralizados No Consolidados - Planilla N° 27 del Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310, conforme al siguiente detalle:

DISMINUCIÓN:

PLANTA TEMPORARIA

Sector Público Provincial No Financiero - Administración Provincial, Jurisdicción 12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL -Veinte (20) cargos.

AMPLIACIÓN:

PLANTA PERMANENTE

Sector Público Provincial No Financiero - Administración Provincial, Jurisdicción 12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200,

INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL - Veinte (20) cargos.

ARTÍCULO 4°. Designar en la Jurisdicción 1.1.4.1.2, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir de la fecha de notificación, en la Planta Permanente con Estabilidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 2°, 4°, 5° y 6° de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, en los cargos, agrupamientos, categorías y dependencias que en particular se establecen, a las personas que se nominan en el Anexo II (IF-2022-38513684-GDEBA-DDDPPIOMA), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 5°. Determinar en la Jurisdicción 1.1.4.1.2, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con cargo a la imputación que figura en el Anexo III (IF-2022-38850952-GDEBA-DDDPPIOMA), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 6°. Establecer que las designaciones propuestas tienen carácter provisional hasta tanto el/la agente adquiera estabilidad, lo que se configura a los seis (6) meses de servicio efectivo, en concordancia con lo normado en el artículo 6° de la Ley N° 10.430 y modificatorias.

ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal y a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal del Instituto de Obra Médico Asistencial. Notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

Los Anexos del presente Decreto pueden ser consultados en su versión PDF