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Fundamentos de la
Ley 10478
HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad, un proyecto de ley por el cual se prorroga por un (1) año, a partir del 1 de enero de 1987, el permiso concedido al señor gobernador para ausentarse del territorio provincial en forma temporaria, sin necesidad de cumplimentar dicho requisito en cada caso particular, conforme al artículo 117 de la Constitución provincial. La Ley 10.201 otorgaba tal dispensa hasta el 31 de diciembre de 1984. Concluido dicho período fue sancionada la ley 10.248 que prorrogaba el permiso durante el año 1985, fenecido dicho término la Ley 10.404 amplió tal lapso para el año en curso. A fin de permitir al titular del Poder Ejecutivo la libre movilidad en el desempeño de las funciones que cumple como Jefe de Gobierno de la Provincia, es que se somete a vuestra consideración el presente proyecto de ley por el cual se prorroga la autorización al señor gobernador, para ausentarse temporariamente del territorio provincial durante el año 1987. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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