LEY 13319

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTICULO 1.- Institúyese en jurisdicción del territorio de la Provincia de Buenos Aires el día 26 de marzo de cada año como “Día del Mercosur”, en conmemoración de la fecha correspondiente a la firma del tratado de Asunción.

 

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Cultura y Educación, procederá a incorporar a los programas educativos la enseñanza de la importancia de la fecha instituida por el artículo anterior y el desarrollo posterior del Mercosur, desplegando acciones de difusión y publicidad sobre el tema.

 

ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo procederá a celebrar la fecha del 26 de Marzo de cada año a través de actos oficiales, con la participación de entidades gremiales de trabajadores y empresarios.

 

ARTICULO 4.- Invítase a las Municipalidades a adherir mediante el dictado de la pertinente Ordenanza, a la presente Ley.

 

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.