DECRETO 2976/92
VISTO lo actuado en el Expediente N°
2135-00079/92, a través del cual
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se regula el régimen de edad límite a los fines del ingreso al Escalafón de Suboficiales y Tropa del Agrupamiento Comando;
Que la suspensión que se propicia, respecto de dicha limitación máxima, no altera de modo sustancial los cuadros de personal de dicho Agrupamiento y Escalafón;
Que, por otra parte, ha de permitir mejores posibilidades de ingreso de ciudadanos con vocación para el acceso a esta carrera, circunstancia que además se reflejará en el mayor número de personal policial conforme a las políticas que en materia de seguridad pública tiene en vista el Poder Ejecutivo;
Que, por todo ello, se entiende razonable dar acogida a la disposición transitoria que se propicia;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 1993, la vigencia del inc. 1) del Art. 22 del Decreto N° 1675/80, Reglamentario del Decreto-Ley N° 9550/80.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario del Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.