DEROGADO POR DECRETO 4476/56
DECRETO 595/55
Feriados para la Administración Pública.
LA PLATA, 21 de OCTUBRE de 1955.
ARTÍCULO 1.- Además de los días declarados feriados nacionales, la Administración Provincial, observará como días no laborables, los siguientes: 1º de enero, el viernes y sábado Santo, el día de Corpus Christi, el 15 de agosto, el 10 de noviembre y el 8 de diciembre.
ARTÍCULO 2.- Deróganse todas las disposiciones legales vigentes que se opongan a este Decreto.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.