DEROGADO POR DECRETO 4476/56

 

DECRETO 595/55

 

Feriados para la Administración Pública.

 

LA PLATA, 21 de OCTUBRE de 1955. 

 

ARTÍCULO 1.- Además de los días declarados feriados nacionales, la Administración Provincial, observará como días no laborables, los siguientes: 1º de enero, el viernes y sábado Santo, el día de Corpus Christi, el 15 de agosto, el 10 de noviembre y el 8 de diciembre.

 

ARTÍCULO 2.- Deróganse todas las disposiciones legales vigentes que se opongan a este Decreto.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.