LEY 13875

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes intangibles, incluidas marcas y patentes, pertenecientes a la empresa fallida Agroindustrias S.A. los cuales se detallan en el Anexo I, el cual pasa a formar parte integrante de la presente Ley.


ARTICULO 2.- Los bienes intangibles mencionados en el artículo 1° de la presente serán adjudicados en propiedad y a título oneroso y por venta directa a la Cooperativa de Trabajo del ex personal de Agroindustrias Inca Ltda., formada por los ex trabajadores de la ex empresa Agroindustrias Inca S.A., con domicilio real en la calle Jorge Newbery s/n° de la localidad de Ramallo, Provincia de Buenos Aires.


ARTICULO 3.- El monto a abonar por la adjudicataria será de pesos un millon trescientos mil ($ 1.300.000) monto equivalente a la mejor oferta de compra efectuada en el Expediente “Agroindustrias Inca S.A. S/Quiebra S/Incidente subasta de marcas” (expediente 90.370) que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 14 Secretaría n° 27. Dicho monto deberá efectivizarse en un plazo de hasta cinco (5) años en cuotas semestrales consecutivas, correspondiendo pagar la primera de ellas al año uno (1) de celebrarse la cesión a título oneroso. La tasa de interés que devengará el capital adeudado estará determinada por la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La Cooperativa podrá cancelar anticipadamente el monto indicado.


ARTICULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deben ser imputados a la Partida Presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Provincia de Buenos Aires del Ejercicio 2008.


ARTICULO 5.- La escritura traslativa de dominio a favor de los adquirentes será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, dentro de los treinta (30) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, estando exenta la misma, del pago de Impuesto al Acto.


ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ANEXO I

 

Las marcas se encuentran inscriptas ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de la República Argentina, según el siguiente detalle:


1) DE LA NATURALEZA A SU MESA, CLASE 29, ACTA Nº 2376939, CONCEDIDA AL Nº 2021570 EL 18/04/05, RENUEVA TITULO N° 1401317

2) EL INCA, CLASE 1, ACTA Nº 2376907, CONCEDIDA A Nº 2021567 EL 18/04/05, RENUEVA TITULO Nº 1398272

3) EL INCA, CLASE 32, ACTA Nº 2376908, CONCEDIDA AL Nº 2021568, El 18/04/05, RENUEVA TITULO Nº 1398273.

4) EL INCA, CLASE 33, ACTA Nº 2376909, CONCEDIDA AL Nº 2021569 RENUEVA TITULO Nº 1398274.

5) INCA, CLASE 29, ACTA N° 2425286, CONCEDIDA AL N° 2021571, EL 18/04/05, RENUEVA TITULO N° 1438160.

6) INCA CLASE 32, ACTA Nº 2058360, CONCEDIDA AL Nº 1729477, EL 08/04/99, RENUEVA TITULO Nº 1214139.

7) INCA, CLASE 29, ACTA Nº 2583125, CONCEDIDA AL N° 2056425 EL 07/12/05, RENUEVA TITULO 1564006

8) INCA - DE LA NATURALEZA A SU MESA-, CLASE 29, ACTA Nº 2538604, CONCEDIDA AL Nº 2021574, EL 18/04/05, RENUEVA TlTULO N° 1537207.

9) I8,CLASE 32, ACTA N° 2464496, CONCEDIDA AL N° 2021573, EL 18/04/05, RENUEVA TITULO Nº 1471545.

10) INCA, CLASE 30, ACTA Nº 2.090.619, CONCEDIDA AL Nº 1.666.570.

11) INCA MULTIVITAMIN, CLASE 32, ACTA N° 1963326, CONCEDIDA AL Nº 1685276, EL 03/09/98.

12) INCA VITAMINFULL, CLASE 32, ACTA Nº 1963325, CONCEDIDA AL Nº 1685157, EL 02/09/98.

13) INCA VITAMINPLUS, CLASE 32, ACTA N° 1963324, CONCEDIDA AL Nº 1685156, EL 02/09/98.

14) DELRlO, CLASE 29, ACTA Nº 2021186, CONCEDIDA AL N° 1.647.499 EL 5/10/97.

15) LA RAZA, CLASE 29, ACTA Nº 1914716, CONCEDIDA AL N° 1621890 EL 12/11/96

16) MARCO POLO, CLASE 29, ACTA Nº 2020429, CONCEDIDA AL Nº 1609906, EL 01/08/96.

17) VALLESPIR, CLASE 29, ACTA Nº 1975129, CONCEDIDA AL Nº 1587084.

18) EL INCA, CLASES 29, 30 Y 31, ACTA Nº 304.220, CONCEDIDA AL Nº 304.220. INSCRIPTA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.