DECRETO 4343/90

 

La Plata, 2 de noviembre de 1990.

 

Visto el Decreto nº 5845 del 10 de noviembre de 1988 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que por dicha norma se aprobó el Nomenclador Básico de Funciones para el Personal Docente de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que atento a lo observado, en cuanto a la mayor carga horaria del personal docente que se desempeña en Jornada Completa se hace necesario remunerar a este personal a partir de la fijación de pautas especiales;

 

Que a partir de ellas se contemplarán todos los cargos del escalafón docente determinados en su Estatuto (Ley nº 10579 y modificatorias);

 

Que por ende corresponde modificar el Anexo I del Decreto mencionado en cuanto contemplaba sólo al Director y al Maestro de Jornada Completa;

 

Por ello,

 

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Elimínase del Anexo I del Decreto nº 5845/88 los cargos de Director de Jornada Completa, Item XI y de Maestro de Jornada Completa, Item XV.

 

ARTÍCULO 2.- Establécese que el personal docente que se desempeña en el régimen de Jornada Completa, percibirá un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) adicional sobre la remuneración que resulta, para cada cargo, de la aplicación de los índices incluidos en el Nomenclador Básico de Funciones.

 

ARTÍCULO 3.- Establécese que el personal docente que se desempeña en dicho régimen, percibirá, a partir del 1º de noviembre de 1990 en concepto de bonificación no remunerativa  un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) adicional sobre aquellas  remuneraciones que por ese concepto perciben los docentes de Jornada Simple.

 

ARTÍCULO 4.-   Convalídanse las liquidaciones efectuadas, desde el 1º de octubre de 1988 hasta la vigencia del presente Decreto, al personal docente que se desempeña en el régimen de Jornada Completa.

 

ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de  Gobierno.

 

ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.