DEROGADA POR LEY 9431 Y LEY 11452

 

LEY 6992

 

Pensión graciable a María Carmen, María Elena y Marta Benoit Granada.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase con carácter de pensión graciable a cada una de las señoritas María Carmen, María Elena y Marta Benoit Gra­nada, nietas del ingeniero Pedro Benoit, ex Presidente del Depar­tamento de Ingenieros de la Provincia y Director Superior de la Construcción de los Edificios Públicos de la ciudad de La Plata, la suma de cuatro mil pesos moneda nacional ($ 4.000m/n) mensuales.

 

ARTÍCULO 2.- El beneficio que se otorga entrará a regir desde la promulgación de esta Ley y su pago se efectuará por el Instituto de Previsión Social de la Provincia.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º se tomará de Rentas Generales con imputación a la presente.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.