DEROGADA POR LEY 9431 Y LEY 11452
LEY 6992
Pensión graciable a María Carmen, María Elena y Marta Benoit Granada.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase con carácter de pensión graciable a cada una de las señoritas María Carmen, María Elena y Marta Benoit Granada, nietas del ingeniero Pedro Benoit, ex Presidente del Departamento de Ingenieros de la Provincia y Director Superior de la Construcción de los Edificios Públicos de la ciudad de La Plata, la suma de cuatro mil pesos moneda nacional ($ 4.000m/n) mensuales.
ARTÍCULO 2.- El beneficio que se otorga entrará a regir desde la promulgación de esta Ley y su pago se efectuará por el Instituto de Previsión Social de la Provincia.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º se tomará de Rentas Generales con imputación a la presente.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.