DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD

DECRETO 2.668

La Plata, 4 de noviembre de 2004.

VISTO el expediente nº 21100-123.615/04 por el cual el Ministerio de Seguridad propicia la ampliación de la declaración de emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, establecida por Ley 13.188 y
CONSIDERANDO:

Que la ley citada, publicada en el Boletín Oficial de fecha 11 de mayo de 2004, declara el estado de emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, por el término de seis (6) meses;
Que asimismo dicho texto lega autoriza al Poder Ejecutivo a extender el plazo de su vigencia por seis meses adicionales;
Que la situación que motivara la declaración del estado de emergencia no ha sido aún superada, por lo que en la instancia deviene oportuno y conveniente ejercer la referida atribución;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1º.- Extiéndese por el término de seis (6) meses contados a partir de su vencimiento, el plazo de la emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires dispuesto por el artículo 1 º de la Ley Nº 13.188.
Art. 2º.- Comuníquese a la Honorable Legislatura.
Art. 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y dése al Boletín Oficial. Cumplido archívese.

SOLA
L. C. Arslanián