DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
DECRETO 2.668
La Plata, 4 de noviembre de 2004.
VISTO el expediente nº
21100-123.615/04 por el cual el Ministerio de Seguridad propicia la ampliación
de la declaración de emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos
Aires, establecida por Ley 13.188 y
CONSIDERANDO:
Que la ley citada,
publicada en el Boletín Oficial de fecha 11 de mayo de 2004, declara el estado
de emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, por el término
de seis (6) meses;
Que asimismo dicho texto lega autoriza al Poder Ejecutivo a extender el plazo
de su vigencia por seis meses adicionales;
Que la situación que motivara la declaración del estado de emergencia no ha
sido aún superada, por lo que en la instancia deviene oportuno y conveniente
ejercer la referida atribución;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º.- Extiéndese por
el término de seis (6) meses contados a partir de su vencimiento, el plazo de
la emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires dispuesto por el
artículo 1 º de la Ley Nº 13.188.
Art. 2º.- Comuníquese a la Honorable Legislatura.
Art. 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario
en el Departamento de Seguridad.
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y dése al Boletín Oficial.
Cumplido archívese.
SOLA
L. C. Arslanián