Fundamentos de la Ley 12526

 

            El presente proyecto modifica el artículo 21 de la Ley 6.716, el cual protege los intereses de la Caja de Previsión Social para Abogados, pero muchas veces se crea una situación de injusticia para los particulares litigantes. Tal situación se refiere en los casos en que el actor de un proceso civil gana el pleito, el vencido deposita el dinero al cual está condenado en costas pero realiza tardíamente los aportes de los letrados intervinientes, a veces apelan a los honorarios por altos y no puede retirar el dinero que le pertenece mientras dure esa situación.

            La situación injusta se plantea en varios supuestos como: El vencedor de un proceso de daños y perjuicios en sentencia firme de primera instancia tiene depositado su dinero en la cuenta del juzgado, condenada al pago la demanda o citada en garantía de destacada solvencia, Ejemplo: Un banco oficial, una aseguradora de prestigio, una empresa reconocida, etc, pero la condenada demora en depositar los honorarios o los apela, en ese lapso se crea una demora innecesaria en el retiro de fondos, intentando por medio de este proyecto encontrarle una solución, ella es el agregado de una caución de tipo personal para el retiro de fondos y la conformidad del letrado de la vencedora, que es en definitiva el que se vería mayormente perjudicado ante la insolvencia del vencido de las costas.

            Por los motivos brevemente expresados, solicito a los señores diputados se sirvan apoyar la presente iniciativa.