FUNDAMENTO DE LA LEY 11991

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, el cual tiene por objeto prorrogar hasta el año 1999 la fijación del número definitivo de concejales y consejeros escolares de los nuevos partidos creados en el conurbano bonaerense, como así también el de aquellos de los cuales formaron parte integrante.

 

Las leyes de creación de los citados municipios previeron que en oportunidad de la convocatoria a elecciones comunales, correspondientes al año 1997, el número definitivo de sus concejales y consejeros escolares debería adecuarse a las disposiciones de la ley Orgánica de la Municipalidades y de los Consejos Escolares vigentes.

 

En virtud de ello, y con el objeto de ajustar la normativa legal vigente, resulta necesario efectuar dicha prórroga para los comicios a realizarse en el año 1999, lo cual permitirá, en dicho lapso, arbitrar la efectivización de los medios idóneos orientados al fortalecimiento del régimen municipal, mediante un sistema financiero equilibrado y saneado, conforme las Leyes 11.582, 11.664 y 11.866.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.