Fundamentos de la

Ley 11486

 

            La presente ley encuentra su principal fundamento en el derecho de toda familia a una vivienda digna, concepto universalmente aceptado y recogido por nuestra Carta Magna.

            Este derecho únicamente puedo materializarse para los sectores obreros, mediante el acceso previo a la propiedad de la tierra.

            Los actuales ocupantes del Barrio “Monteverde”, trabajadores de humilde condición social, no han tenido acceso a la vivienda propia y digna por falta de oportunidades que el crecimiento demográfico y la crisis económica provocó, arrojándolos a la marginalidad.

            Desde hace mucho tiempo estos humildes trabajadores ocupan estas tierras, ociosas, improductivas, verdaderos basurales y focos contaminantes que fueron limpiados con sus propias manos, en conjunto con sus familias.

            Levantaron modestas viviendas, destinadas a dar soluciones provisorias que, la falta de respuesta de la sociedad a este problema, convirtió en definitiva. Tal es así, que muchos de sus actuales ocupantes, integrantes de alguna de las familias afincadas en este asentamiento, nacieron, crecieron y se han hecho adultos en el mismo.

            Poco a poco, mediante la ayuda mutua, y el esfuerzo propio, las han ido cambiando por viviendas definitivas de material.

            La necesidad de implementar planes urbanísticos, ayuda crediticia, infraestructura mínima, servicios adecuados, etc., requiere en todos los casos la previa regularización urbana y dominial de estas situaciones irregulares.

            Es deber del Estado y de la sociedad implantar un Estado de Justicia Social y, resolver el problema de la tierra; esto significa eliminar la precariedad jurídica que genera una situación de inestabilidad en los actuales ocupante, transformando las condiciones actuales de vida en potencialmente dignas, permitiendo otras instancias de superación en las que, desde un ambiente nuevo, podrán ejercer en otros niveles las acciones reivindicativas que corresponda.

            Por tales motivos, el deber de esta Cámara, es el de aprobar el presente proyecto que dará solución definitiva a familias de trabajadores, permitiéndoles el esfuerzo que significa la compra de las tierras que ocupan y, sobre las cuales han levantado sus viviendas definitivas.