Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 232
VISTO el Expediente Nº 22104-3928/2015 y sus agregados por
los cuales tramitan recursos de revocatoria con jerárquico en subsidio contra
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de
Que asimismo por el artículo 2º de
Que en la precitada Resolución Nº 216/16, a raíz de un error material involuntario, se consignó equivocadamente la razón social de la empresa cuestionada, en el penúltimo Considerando y en el artículo 3; y se omitió una letra en la fórmula que designa a la autoridad competente para suscribir el acto y un Considerando relativo a la intervención del señor Fiscal de Estado;
Que en efecto, la vista del señor Fiscal de Estado en las
actuaciones citadas en el Visto se produjo con fecha 9 de setiembre
de 2016, y
Que los errores materiales o de hecho y los aritméticos y/u omisiones en los actos administrativos pueden ser rectificados y salvados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 115 del Decreto-Ley Nº 7.647/70;
Que la doctrina ha señalado que, aún después de la
notificación,
Que estando a que, la rectificación propiciada -por
haberse incurrido en un error involuntario- no altera lo esencial del
contenido, ni el sentido de
Que el presente acto se dicta en el marco de lo dispuesto en el artículo 115 del Decreto-Ley Nº 7.647/70;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE
BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Rectificar el penúltimo Considerando y el
artículo 3 de
ARTÍCULO 2°. Incorporar como anteúltimo Considerando de
“Que con fecha 9 de setiembre de 2016 ha tomado vista el señor Fiscal de Estado”.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido archivar.
Lisandro J. Perotti
Subsecretario de Transporte
C.C. 13.246