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Fundamentos de la Ley 11281
La presente ley encuentra su principal fundamento en el derecho de toda familia a una vivienda digna, concepto universalmente aceptado y recogido por nuestra carta magna. Este derecho únicamente puede materializarse para los sectores obreros mediante el acceso previo a la propiedad de la tierra. Los actuales ocupantes del barrio “Basualdo”, trabajadores de humilde condición social, no han tenido acceso a la vivienda propia y digna por falta de oportunidades que, el crecimiento demográfico y la crisis económica provocó, arrojándolos a la marginalidad. Desde hace mucho tiempo, estos humildes trabajadores ocupan estas tierras, ociosas, improductivas, verdaderos basurales y focos contaminantes que fueron limpiados con sus propias manos, en conjunto con sus familias. Levantaron modestas viviendas, destinadas a dar soluciones provisorias que, la falta de respuesta de la sociedad a este problema, convirtió en definitiva. Poco a poco, mediante la ayuda mutua y el esfuerzo propio, las han ido cambiando por viviendas definitivas de material. La necesidad de implementar planes urbanísticos, ayuda crediticia, infraestructura mínima, servicios adecuados, etc., requiere en todos los casos, la previa regularización dominial de estas situaciones irregulares. Es deber de Estado y de la sociedad implantar un Estado de Justicia Social y resolver el problema de la tierra; esto significa eliminar la precariedad en los actuales ocupantes, transformando las condiciones actuales de vida en potencialmente dignas, permitiendo otras instancias de superación, en las que, desde un ambiente nuevo, podrán ejercer en otros niveles, las acciones reivindicativas que correspondan. Por tales motivos, el deber de esta Honorable Cámara es el de aprobar el presente proyecto, que dará solución definitiva a 89 familias de trabajadores, permitiéndoles el esfuerzo que significa la compra de las tierras que ocupan, y sobre las cuales han levantado sus viviendas definitivas.
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