DECRETO 390/2020
LA PLATA, 20 de Mayo de 2020
VISTO el expediente EX-2020-05173129-GDEBA-HIETYSMMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia, a partir del 19 de febrero de 2020, de Marisol Verónica AMOREO, al cargo de Directora Asociada del Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y la designación en su reemplazo, a partir de la fecha de notificación del presente, de la Médica Micaela MAGGIO, y
CONSIDERANDO:
Que Marisol Verónica AMOREO presentó su renuncia como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, siendo aceptada a partir del 19 de febrero de 2020, quien había sido designada por Decreto N° 1457/19,
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;
Que es procedente limitar, a partir del 19 de febrero de 2020, los alcances del artículo 4º del Decreto N° 1457/19, dejando establecido que Marisol Verónica AMOREO, retomará su cargo de revista como Médica de Hospital “C” – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Médica, en el régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que tanto la especialidad como el establecimiento mencionado en el exordio del presente, mediante Decreto N° 947/89 y Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, respectivamente, son considerados insalubres a los fines previsionales;
Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir de la fecha de notificación del presente, como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, de la Médica Micaela MAGGIO;
Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 19 de febrero de 2020, la renuncia presentada por Marisol Verónica AMOREO (DNI N° 22.798.792 – Clase 1972), como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, quien había sido designada por Decreto N° 1457/19, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2°.- Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 19 de febrero de 2020, los alcances del artículo 4º del Decreto N° 1457/19, dejando establecido que la profesional citada en el artículo precedente, retomará su cargo de revista como Médica de Hospital “C” – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Médica, en el régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que tanto la especialidad Psiquiatría y Psicología Médica, como el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, mediante Decreto N° 947/89 y Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, respectivamente, son considerados insalubres a los fines previsionales.
ARTÍCULO 3º.- Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, a la Médica Micaela MAGGIO (DNI N° 34.566.014 – Clase 1989), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que deberán extremarse los recaudos pertinentes, a fin de no concretar la toma de posesión de la Médica Micaela MAGGIO (DNI N° 34.566.014 – Clase 1989), hasta tanto acredite su renuncia en carácter de Residente en el Hospital Zonal Especializado en Toxicología y Salud Mental de La Plata, con la presentación del acto administrativo pertinente, en el plazo máximo de treinta (30) días contados desde la notificación de su designación en el Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador