DECRETO 2321/77
La Plata, 4 de Octubre de 1977
VISTO que el
Articulo 107º de la Ley
8721 faculta al Poder Ejecutivo a aprobar los planteles básicos de cada
Jurisdicción, y
CONSIDERANDO:
Que por
Decreto nº 965/77, se aprobó la respectiva Reglamentación y el Nomenclador de
Cargos que determina la citada Ley;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Amplíase el Decreto nº 1764 de fecha 3 de agosto
de 1977, aprobándose a partir del 1º de abril de 1977, los Planteles Básicos de
la Dirección
de Coordinación Operativa Sub-Direcciones de
Coordinación de Zonas Sanitarias y dependencias sanitarias de las mismas; y de
las dependencias descentralizadas de la Dirección de Promoción y
Asistencia de la Comunidad
y de la Dirección
Provincial de Protección al Menor y La Familia, que se detallan
en las planillas anexas, pertenecientes a la Jurisdicción 06
–Ministerio de Bienestar Social que forman parte del presente decreto.
ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por
el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Bienestar Social.
ARTICULO 3.-
Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.
NOTA: Las planillas Anexas no se encuentran
digitalizadas. Dado que las mismas constan de de 642 fojas,
lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de
Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra
archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto
y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.