DECRETO 2321/77

 

La Plata, 4 de Octubre de 1977

 

VISTO que el Articulo 107º de la Ley 8721 faculta al Poder Ejecutivo a aprobar los planteles básicos de cada Jurisdicción, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto nº 965/77, se aprobó la respectiva Reglamentación y el Nomenclador de Cargos que determina la citada Ley;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Amplíase el Decreto nº 1764 de fecha 3 de agosto de 1977, aprobándose a partir del 1º de abril de 1977, los Planteles Básicos de la Dirección de Coordinación Operativa Sub-Direcciones de Coordinación de Zonas Sanitarias y dependencias sanitarias de las mismas; y de las dependencias descentralizadas de la Dirección de Promoción y Asistencia de la Comunidad y de la Dirección Provincial de Protección al Menor y La Familia, que se detallan en las planillas anexas, pertenecientes a la Jurisdicción 06 –Ministerio de Bienestar Social que forman parte del presente decreto.

 

ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Bienestar Social.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

NOTA: Las planillas Anexas no se encuentran digitalizadas. Dado que las mismas constan de de 642 fojas, lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.