Fundamentos de El presente proyecto de ley viene
a reparar una omisión contenida en el texto del Régimen Provincial y
Municipal de Jubilación anticipada, ley 12.563, de reciente sanción en el
Parlamento bonaerense, que se impone por razones de justicia e igualdad para
con los trabajadores del Poder Judicial de Con el fin de cubrir toda posible
objeción basada en el principio constitucional de igualdad ante la ley,
expresado en los artículos 16 de Esta inclusión además, resulta básica en la regulación legal del sistema jubilatorio que rige en nuestra Provincia para los agentes del Estado, expresándose congruentemente tanto en la conformación de sus recursos como en las prestaciones que otorga. En virtud de lo expuesto se peticiona la incorporación planteada al beneficio temporario establecido en el artículo primero de la ley 12.563. |