DECRETO 1141/2020

La Plata, 10 de diciembre de 2020

VISTO el expediente EX-2020-12322901-GDEBA-HIEPMSALGP y agregado en tramitación conjunta del Ministerio de Salud, por los cuales tramita la aceptación de la renuncia a los fines jubilatorios, a partir del 1° de mayo de 2019, de Nancy Viviana PERRONI, a los cargos de Directora Asociada y de Química Bioquímica Bacterióloga de Hospital “A” del Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, y la designación en su reemplazo, a partir del 4 de febrero de 2020, como Director Asociado, del Médico Mariano Bautista BRUÑEN, y

CONSIDERANDO:

Que Nancy Viviana PERRONI presentó la renuncia para acogerse a los fines jubilatorios, a partir del día 1° de mayo de 2019, a los cargos de Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto N° 671/17 E, y al que posee como Química Bioquímica Bacterióloga de Hospital “A”, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el establecimiento precitado;

Que la gestión se efectúa de conformidad con el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4.161/96, sustituido por el Decreto N° 431/13, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución; Que la presente medida se dicta en virtud de lo normado por el Decreto N° 1770/11;

Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir del 4 de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, del Médico Mariano Bautista BRUÑEN;

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios;

Que en virtud del trámite propiciado, Mariano Bautista BRUÑEN reserva el cargo que posee como Médico Agregado – Especialidad: Obstetricia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4.161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528; Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la renuncia presentada para acogerse a los beneficios jubilatorios, a partir del 1° de mayo de 2019, de Nancy Viviana PERRONI (DNI N° 13.501.318 - Clase 1959), al cargo de Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto N° 671/17 E, y al que posee como Química Bioquímica Bacterióloga de Hospital “A”, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el establecimiento precitado, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, sustituido por el Decreto N° 431/13, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 2°. Certificar, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24 y 41 del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94) y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 476/81, que la agente cuya baja se dispone en el artículo anterior, registra una antigüedad de treinta y tres (33) años, cuatro (4) meses y veintinueve (29) días, de los cuales treinta (30) años, cuatro (4) meses y quince (15) días son insalubres, computables a los fines jubilatorios en la Administración Pública provincial y ha desempeñado como mejor cargo, por un período mínimo de treinta y seis (36) meses, el de Directora Asociada.

ARTÍCULO 3°. Otorgar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la retribución especial sin cargo de reintegro que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05, a la agente mencionada en el artículo 1º del presente, por reunir los requisitos que contempla dicha normativa.

ARTÍCULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 4 de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al Médico Mariano Bautista BRUÑEN (DNI N° 26.470.936 – Clase 1978), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 4 de febrero de 2020, el cargo que posee el profesional citado en el artículo precedente como Médico Agregado – Especialidad: Obstetricia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal "Eva Perón" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4.161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 6º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0013 – Subprograma: 005 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 371 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165.

ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán        Carlos Alberto Bianco

Ministerio de Salud               Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Axel Kicillof

Gobernador