LEY 4835
Autorizando al Poder Ejecutivo la adquisición de tierras adyacentes al lugar denominado «Las Baterías», Partido de San Nicolás, para formación del parque «Juan Bautista Azopardo» y erección de un monumento recordatorio del «Acuerdo de San Nicolás».
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cien mil pesos moneda nacional ($ 100.000m/n), para la adquisición de 15 hectáreas en los terrenos adyacentes al lugar denominado «Las Baterías», del Partido de San Nicolás, para la formación de un parque que se llamará «Juan Bautista Azopardo» y para la erección, en un lugar adecuado del mismo, de un monumento recordatorio del «Acuerdo de San Nicolás».
ARTÍCULO 2.- La Dirección General de Agricultura, Ganadería e Industrias, preparará el anteproyecto correspondiente.
ARTÍCULO 3.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 1º, destínase la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 50.000 m/n), para los trabajos a realizarse durante el año 1942, que se pagarán de Rentas Generales, con imputación a la misma, hasta tanto se incluya la partida correspondiente en el Presupuesto General de Gastos.
ARTÍCULO 4.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación, los terrenos adyacentes al lugar denominado «Las Baterías» del Partido de San Nicolás, necesarios para el cumplimiento y finalidad de la presente Ley.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.