LEY 4835

 

Autorizando al Poder Ejecutivo la adquisición de tierras adyacentes al lugar denominado «Las Baterías», Partido de San Nicolás, para formación del parque «Juan Bautista Azopardo» y erección de un mo­numento recordatorio del «Acuerdo de San Nicolás».

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PRO­VINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a in­vertir hasta la suma de cien mil pesos moneda nacional ($ 100.000m/n), para la adquisición de 15 hectáreas en los terrenos adyacentes al lugar denominado «Las Baterías», del Partido de San Nicolás, para la formación de un par­que que se llamará «Juan Bautista Azopardo» y para la erección, en un lugar adecuado del mismo, de un monumento recordatorio del «Acuerdo de San Nicolás».

 

ARTÍCULO 2.- La Dirección General de Agricultu­ra, Ganadería e Industrias, preparará el ante­proyecto correspondiente.

 

ARTÍCULO 3.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 1º, destínase la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 50.000 m/n), para los trabajos a realizarse durante el año 1942, que se pagarán de Rentas Generales, con impu­tación a la misma, hasta tanto se incluya la partida correspondiente en el Presupuesto General de Gastos.

 

ARTÍCULO 4.- Declárase de utilidad pública y su­jetos a expropiación, los terrenos adyacentes al lugar denominado «Las Baterías» del Partido de San Nicolás, necesarios para el cumplimien­to y finalidad de la presente Ley.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.