LEY 5574
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contribuir con la suma
de un millón de pesos moneda nacional ($ 1.000.000m/n), para la
habilitación del Policlínico “Presidente Juan D. Perón”, que el Sindicato
Obrero de la Industria
del Vidrio y Afines de Avellaneda, posee en la localidad de Don Bosco del
partido de Quilmes.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo
precedente, se atenderá con el producido de la negociación de títulos de la Deuda Interna
Consolidada, a cuyo efecto se autoriza al Poder Ejecutivo a su emisión hasta la
suma de un millón de pesos moneda nacional (pesos 1.000.000m/n). El
importe necesario para el pago de los servicios correspondientes se tomará de
Rentas Generales con imputación a la presente Ley, hasta tanto se incluya la
partida respectiva en el Presupuesto.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.