LEY 5574

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contribuir con la suma de un millón de pesos moneda nacional ($ 1.000.000m/n), para la habilitación del Policlínico “Presidente Juan D. Perón”, que el Sindicato Obrero de la Industria del Vidrio y Afines de Avellaneda, posee en la localidad de Don Bosco del partido de Quilmes.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo precedente, se atenderá con el producido de la negociación de títulos de la Deuda Interna Consolidada, a cuyo efecto se autoriza al Poder Ejecutivo a su emisión hasta la suma de un millón de pesos moneda nacional (pesos 1.000.000m/n). El importe necesario para el pago de los servicios correspondientes se tomará de Rentas Generales con imputación a la presente Ley, hasta tanto se incluya la partida respectiva en el Presupuesto.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.