FUNDAMENTOS DE LA LEY 14725
La E.G.B. № 6 es la única institución con la que cuenta la localidad de Mar del Tuyú, el espacio reducido en el cual se desarrollan las tareas educativas implica la imposibilidad de poder inscribir a nuevos alumnos de esta localidad, los que se ven obligados a ingresar en otros establecimientos.
La Dirección General de Cultura y Educación a través del área de Dirección de Propiedades solicitó a la Dirección de Educación Primaria un informe, en el cual se concluyó en la necesidad de la compra inmediata del inmueble lindero con alto grado de prioridad, dado el incremento constante poblacional y por ser esta escuela única en la localidad.
En agosto de 2008, se realiza un nuevo informe, en el cual además de lo antes mencionado, se sostiene que al no existir escuelas primarias privadas alternativas en la localidad y que debido al crecimiento de la matrícula escolar el espacio destinado a biblioteca se ha convertido en aula, como así el SUM es destinado los días lluviosos como patio y para la celebración de los actos patrios, se ha ubicado la dirección y preceptoría reduciéndose en un cincuenta por ciento su capacidad, por toda lo que concluye en la imperiosa necesidad de contar de este inmueble lindero.
Por lo expuesto, es que solicitamos el voto favorable al presente proyecto.