LEY 5322
Creación del Conservatorio Provincial de Música y Arte Escénico.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Créase bajo la dependencia de
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará el funcionamiento del
Conservatorio Provincial, debiendo incluir en el Presupuesto General de
ARTÍCULO 3.- Para el corriente año se fija en cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 50.000 m/n) la suma que podrá invertirse en sueldos y gastos de organización, que se imputará a Rentas Generales.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.