LEY 5322

 

Creación del Conservatorio Provincial de Música y Arte Escénico.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Créase bajo la dependencia de la Dirección General de Cultura, el Conservatorio Provincial de Música y Arte Escénico.

 

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará el funcionamiento del Conservatorio Provincial, debiendo incluir en el Presupuesto General de la Administración, a partir del 1º de Enero de 1949, los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley.

 

ARTÍCULO 3.- Para el corriente año se fija en cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 50.000 m/n) la suma que podrá invertirse en sueldos y gastos de organización, que se imputará a Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.