DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
DECRETO 2661/97
VISTO
CONSI DERANDO:
Que el Decreto 106/97 dispone la
creación de las nuevas unidades de negocio Central Piedra Buena SA, Centrales
de
Que el Decreto 107/97 aprueba el
Pliego de Bases y Condiciones de
Que asimismo el Decreto 1717/97
declara desierto el primer llamado a Licitación Pública Nacional e
Internacional para la venta del 100% de las acciones Clase A, B y C de
las sociedades Central Piedra Buena S.A. y Centrales de
Que el referido Pliego designa un
Comité Privatizador como autoridad facultada para dictar todos los actos necesarios
para controlar
Que de acuerdo a lo previsto en
las Resoluciones nº 15 y 17 del Comité Privatizador se ha realizado, en acto
público del día 30 de Julio de 1997, la recepción y apertura de las Ofertas
Económicas con relación a las unidades de negocio de generación Central Piedra
Buena SA y Centrales de
Que luego de abierto el Sobre 2 de cada oferente, como consta en el acta notarial que como anexo forma parte de la presente, se dio lectura a las Ofertas Económicas, resultando lo siguiente:
I)
para la sociedad Central Piedra Buena S.A.,
II)
para la sociedad
Centrales de
Que en virtud de lo dispuesto por
Que en consecuencia y de acuerdo
a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de
Que el Comité Privatizador ha aconsejado al Poder Ejecutivo Provincial, por Resolución nº 26, la adjudicación de la unidad de negocio referida al respectivo oferente preadjudicatario y la aprobación del contrato de transferencia;
Que ha emitido dictamen
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para emitir el presente acto en virtud de lo dispuesto en las Leyes 11769 y 11771;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Adjudícase el cien por ciento
(100%) de las Acciones Clase A, Clase B y Clase C de la sociedad Central
Piedra Buena S.A. al oferente SODIGEN S.A., por la suma de treinta millones
trescientos mil dólares estadounidenses (U$S
30.300.000), la que deberá ser depositada previo a la toma de posesión a nombre
del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de
ARTÍCULO 2.- Apruébase el contrato de
transferencia de Central Piedra Buena S.A., suscripto en la fecha 6 de Agosto
de 1997 entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, notifíquese al Sr. Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.