DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

 

DECRETO 2661/97

 

La Plata, 15 de agosto de 1997

 

VISTO la Ley 11771, y su Decreto reglamentario Nº 191/96 vinculados con la privatiza­ción total o parcial de los servicios, prestaciones u obras cuya gestión actual se encuen­tra a cargo de la Empresa Social de Energía de Buenos Aires SA - ESEBA S.A. y

 

CONSI DERANDO:

 

Que el Decreto 106/97 dispone la creación de las nuevas unidades de negocio “Cen­tral Piedra Buena SA”, “Centrales de la Costa Atlántica S.A.”, “Empresa Distribuidora de Energía Norte SA”, “Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.” y “Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.” y que la “Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Provincia de Buenos Aires S.A.- TRANSBA SA” constituye una unidad de negocio independiente;

 

Que el Decreto 107/97 aprueba el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pú­blica Nacional e Internacional para la venta del 100% de las acciones de las nuevas so­ciedades referidas;

 

Que asimismo el Decreto 1717/97 declara desierto el primer llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la venta del 100% de las acciones Clase “A”, “B” y “C” de las sociedades “Central Piedra Buena S.A.” y “Centrales de la Costa Atlántica S.A.” y dispone, a su vez, la realización de un segundo llamado a idénticos fines que el anterior y regido por el mismo Pliego de Bases y Condiciones;

 

Que el referido Pliego designa un Comité Privatizador como autoridad facultada para dictar todos los actos necesarios para controlar la Licitación, disponer la Precalificación y la Preadjudicación, aconsejar la Adjudicación, firmar el Contrato de Transferencia y el Ac­ta de Toma de Posesión;

 

Que de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones nº 15 y 17 del Comité Privatizador se ha realizado, en acto público del día 30 de Julio de 1997, la recepción y apertura de las Ofertas Económicas con relación a las unidades de negocio de generación “Central Piedra Buena SA” y “Centrales de la Costa Atlántica S.A.”.

 

Que luego de abierto el Sobre 2 de cada oferente, como consta en el acta notarial que como anexo forma parte de la presente, se dio lectura a las Ofertas Económicas, resul­tando lo siguiente:

I)                   para la sociedad “Central Piedra Buena S.A.”, la Oferta Económica más convenien­te fue la realizada por el proponente "SODIGEN SA", que ascendió a la suma de treinta millones trescientos mil dólares estadounidenses (U$S 30.300.000), dado lo cual, el ofe­rente mencionado resultó preadjudicatario.

II)                  para la sociedad “Centrales de la Costa Atlántica SA”, no se presentaron Ofertas Económicas;

 

Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución nº 24 del Comité Privatizador sobre Precalificación de los participantes, el preadjudicatario mencionado en el punto I) se encontraba debidamente habilitado para presentar Oferta Económica por la sociedad preadjudicada;

 

Que en consecuencia y de acuerdo a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, en la fecha 6 de Agosto de 1997 se celebró entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, ESEBA SA y el respectivo preadjudicatario, el contrato de transferencia de la unidad de negocio preadjudicada, “ad refe­rendum” del Poder Ejecutivo Provincial;

 

Que el Comité Privatizador ha aconsejado al Poder Ejecutivo Provincial, por Resolu­ción nº 26, la adjudicación de la unidad de negocio referida al respectivo oferente pread­judicatario y la aprobación del contrato de transferencia;

 

Que ha emitido dictamen la Asesoría .General de Gobierno, intervenido la Contaduría General de la Provincia y tomado vista la Fiscalía de Estado;

 

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para emitir el presente acto en virtud de lo dispuesto en las Leyes 11769 y 11771;

 

Por ello:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Adjudícase el cien por ciento (100%) de las Acciones Clase “A”, Clase “B” y Clase “C” de la sociedad “Central Piedra Buena S.A.” al oferente “SODIGEN S.A.”, por la suma de treinta millones trescientos mil dólares estadounidenses (U$S 30.300.000), la que deberá ser depositada previo a la toma de posesión a nombre del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2.- Apruébase el contrato de transferencia de “Central Piedra Buena S.A.”, suscripto en la fecha 6 de Agosto de 1997 entre el Ministerio de Obras y Servicios Públi­cos de la Provincia de Buenos Aires, ESEBA SA y el respectivo pradjudicatario mencio­nado en el Artículo 1º precedente, el que forma parte integrante del presente como Ane­xo I.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, notifíquese al Sr. Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.