LEY 6920

 

Refuerzo de la Parte Primera, Presupuesto de Funcionamiento 1964, Anexo IV, Ítem 5, Dirección General de Rentas.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para reforzar la Parte Pri­mera, Presupuesto de Funcionamiento 1964, Sección 1ª, Anexo IV, Ministerio de Economía y Hacienda, Inciso 2) “Otros Gastos”, Ítem 5, Dirección General de Rentas, Partida Principal 1, Gastos Generales en la suma de quince millones de pesos moneda nacional ($ 15.000.000m/n), tomando el crédito mediante transferencia del Ane­xo XIII, Ítem 2, Partida Principal 24 del Presupuesto General Primera Parte, Ejercicio 1964.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.