LEY 5763
Erección de un Arco de Triunfo en la ciudad Eva Perón, conmemorativo de la obra realizada por el General Perón como Conductor de la Nueva Argentina.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a erigir en la ciudad Eva Perón, un Arco de Triunfo conmemorativo de la obra realizada por el General Perón como Conductor de la Nueva Argentina.
ARTÍCULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo a contratar con una firma de reconocida competencia en obras de arte monumentales, la preparación de proyectos, dirección y ejecución de los trabajos escultóricos estatuarios y de técnica especial, que requiera dicha obra.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley deberá ser atendido con afectación a la Ley número 5712 - II Plan Quinquenal (Plan Integral de Trabajos Públicos).
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.