LEY 5763

 

Erección de un Arco de Triunfo en la ciu­dad Eva Perón, conmemorativo de la obra realizada por el General Perón como Conductor de la Nueva Argentina.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIO­NAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Autorizase al Poder Ejecu­tivo a erigir en la ciudad Eva Perón, un Arco de Triunfo conmemorativo de la obra realizada por el General Perón como Conductor de la Nueva Argentina.

 

ARTÍCULO 2.- Facúltase al Poder Ejecu­tivo a contratar con una firma de reco­nocida competencia en obras de arte monumentales, la preparación de pro­yectos, dirección y ejecución de los tra­bajos escultóricos estatuarios y de téc­nica especial, que requiera dicha obra.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cum­plimiento de la presente Ley deberá ser atendido con afectación a la Ley núme­ro 5712 - II Plan Quinquenal (Plan In­tegral de Trabajos Públicos).

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.