LEY 5657

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícase el Decreto del Poder Ejecutivo número 15.593 del 28 de julio de 1950, modificatorio del artículo 35 del Decreto 3649/44 ratificado por Ley número 5105, sobre confección de cartas de porte de transportadores.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.