LEY 6865
Expropiación fracción de terreno en General Madariaga, para Escuela 20.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en el partido de General Juan Madariaga, denominada catastralmente como Parcelas 9-10-11-12 y 13, Circunscripción I, Sección B, Quinta 36, Manzana 2 y según título Quinta 192, inscripto en dominio bajo el número 10.945 A/1909 y 93/1937, con una superficie de 2.375 metros cuadrados, partidas 12.752/53/54/55 y 56.
ARTÍCULO 2.- Las parcelas expropiadas se incorporarán al patrimonio de la Dirección General de Escuelas, para asiento de la Escuela Provincial número 20 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de General Juan Madariaga.
ARTÍCULO 3.- Los fondos que demande el cumplimiento de esta Ley serán tomados de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.