DECRETO 1918/2023

LA PLATA, 24 de Octubre de 2023

VISTO el expediente EX-2023-41356393-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual la doctora Elisa Beatriz LOPEZ MOYANO presenta su renuncia al cargo de Jueza del Tribunal en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 1482 del 31 de mayo de 2000, la doctora Elisa Beatriz LOPEZ MOYANO fue designada Jueza en el Tribunal en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora;

Que la citada magistrada ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que sea aceptada a partir del 1° de octubre de 2023;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la doctora LOPEZ MOYANO, en el marco de la Ley N° 8085;

Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con la citada magistrada, en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones con relación a la doctora LOPEZ MOYANO respecto de la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la presente encuadra en el artículo 6° de la Ley N°15.164 y modificatoria y el Decreto N°11/20;

Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 1° de octubre de 2023, la renuncia a los fines jubilatorios presentada por la doctora Elisa Beatriz LOPEZ MOYANO (DNI N° 10.365.429 – clase 1952) al cargo de Jueza en el Tribunal en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y, de Hacienda y Finanzas a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador.