DECRETO 1521/14
La Plata, 30 de diciembre de
2014.
VISTO la Ley Nº 14226 que regula la Comisión Mixta de Salud
y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP) creada
por Resolución conjunta del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno Nº
391/08, del Ministerio de Trabajo Nº 164/08, y de la Secretaría General
de la Gobernación Nº
145/08 y su Decreto Nº 120/11 B, el Decreto Nº 666/12 y la Recomendación de CoMiSaSEP aprobada en Acta Nº 49, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Mixta de Salud
y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP) tiene a
su cargo proponer e impulsar políticas públicas vinculadas a las condiciones y
medio ambiente de trabajo de los empleados del Poder Ejecutivo Provincial,
atendiendo fundamentalmente las cuestiones referidas a la prevención y
protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las
dependencias públicas;
Que el artículo 7º de la Ley Nº 14226 prevé que
deberá constituirse dentro del ámbito de la Administración Pública
Provincial y por cada Jurisdicción una Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y
Seguridad en el Empleo Público, las que tendrán a su cargo el tratamiento de
las cuestiones vinculadas a la
Salud y Seguridad en el trabajo del organismo al que
corresponda;
Que para asesorar a las
Comisiones mencionadas en el párrafo anterior, la Ley Nº 14226 en su artículo
11 establece que la
Dirección, Departamento o Unidad Responsable de la Prevención, Salud y
Seguridad en el Trabajo deberá brindar la información que las Comisiones Jurisdiccionales
Mixtas de Salud y Seguridad le soliciten;
Que la Comisión Mixta de Salud
y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP) aprobó
mediante Acta Nº 49 del 21 de diciembre de 2010, la recomendación sobre las Áreas
de Salud y Seguridad en el Trabajo;
Que esta recomendación deberá
tenerse en cuenta a la hora de planificar, modificar y/o crear nuevas áreas de
salud y seguridad en el trabajo;
Que mediante Decreto Nº 658/12,
se crea la Secretaría
de Personal y Política de Recursos Humanos;
Que la Subsecretaría de
Coordinación y Control de Recursos Humanos y Condiciones Laborales dependiente
de la Secretaría
antes mencionada, tiene entre sus acciones, la de coordinar y supervisar las
condiciones laborales de todos los Organismos de la Administración Pública
de la Provincia
de Buenos Aires y a través de la
Dirección de Coordinación de Condiciones Laborales
dependiente de la
Dirección Provincial de Condiciones Laborales, actúa como
contraparte orientada a planificar y
coordinar la implementación de las políticas emanadas de la Comisión Mixta de
Salud y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP),
en el marco de la Ley Nº
14226 y normas reglamentarias;
Que deviene necesario entonces
establecer criterios comunes para el funcionamiento de las Direcciones,
Departamentos o Unidades responsables de la Prevención, Salud y
Seguridad en el Trabajo que funcionan en todas las jurisdicciones del Poder
Ejecutivo;
Que han tomado intervención
Secretaría General de la
Gobernación, Secretaría de Personal y Política de Recursos
Humanos y la Asesoría
General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Aprobar el modelo de las acciones (Nivel/es
superior/es y Nivel/es inferior/es) de las Unidades Organizativas responsables
de la Prevención,
Salud y Seguridad en el Trabajo de todas las jurisdicciones del Poder Ejecutivo
que como Anexo I forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros
Secretarios en los Departamentos de Ministerio de Jefatura de Gabinete de
Ministros y de Trabajo.
ARTÍCULO 3.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial
y al SINBA, pasar a la
Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos.
Cumplido, archivar.
NOTA: El Anexo I del presente Decreto podrá ser consultado en
nuestro sitio web podrá ser consultado en su versión PDF