DECRETO 2.169

La Plata, 3 de noviembre de 2003

VISTO el expediente número 2335-31703/98, su Alcance 1 y agregado número 4061-9453198, por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 1259 de fecha 18 de mayo de 1999, cambiando el destino de la donación efectuada por la Municipalidad de La Plata mediante Ordenanza número 8905198, de un bien inmueble ubicado en la ciudad de LA PLATA, jurisdicción del Partido del mismo nombre, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 1259 de fecha 18 de mayo de 1999 -artículo 1º-, se aceptó la donación efectuada por la Municipalidad de La Plata a favor de la Provincia de Buenos Aires del aludido bien, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Quinta 117, inscripto su dominio en la Matrícula 88921, del Registro del Partido citado, compuesto de una superficie de seis hectáreas, sesenta y cinco áreas, sesenta y cuatro centiáreas (06 Hs., 65 As., 64 Cs.), efectuada mediante Ordenanza número 8905 del 2 de julio de 1998 -artículo 1º-, con cargo de exclusiva afectación para uso público,

Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto número 1259/99, el Departamento Agrimensura procede a la confección del plano de mensura de la fracción de tierra que se desafecta del dominio público municipal, mediante Ordenanza número 8905/98 -artículos 2º y 3º-, aprobado con característica 55-200-99, cuya copia obra a fojas 54;

Que la Asesoría General de Gobierno, en su Dictamen 649/01 cuya copia glosa a fojas 87 y vta., considera que no existen objeciones que formular a la modificación al Decreto 1259/99 propiciada por la Unidad Ejecutora Estadio Ciudad de La Plata y la Municipalidad;

Que en consecuencia, resulta procedente modificar el articulo 1º del Decreto número 1259/99, cambiando el destino que se da al inmueble tratado,

Que han producido despacho favorable la Dirección Provincial de Catastro Territorial y la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad a lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1º: Modifícase el artículo 1º del Decreto número 1259 de fecha 18 de mayo de 1999, en el sentido de dejar establecido que se acepta la donación efectuada por la Municipalidad de La Plata a favor de la Provincia de Buenos Aires del bien inmueble ubicado en la ciudad de La Plata, jurisdicción del Partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Quinta 117, inscripta su dominio en la Matrícula 88921, del Registro del Partido citado, efectuada mediante Ordenanza número 8905 de fecha 2 de julio de 1998 -artículo 1º -, modificada por su similar número 9246 del 28 de diciembre de 2000, es con cargo de exclusiva afectación al uso del Estadio Ciudad de La Plata y no como figura en el citado decreto, manteniéndose firme el resto del articulado del acto administrativo.
Art. 2º: Copia autenticada del presente decreto deberá ser remitida a la Contaduría General de la Provincia y a la Municipalidad de La Plata.

Art. 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Gobierno.

Art. 4º: Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección Provincial de Catastro Territorial a sus efectos.