Ley 12.565
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1: Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los siguietnes inmuebles ubicados en el partido de Avellaneda: a) 4 (cuatro) lotes de terreno con frente a las calles General Spurr y Coronel Brandsen, designados en el Plano de subdivisión carácteristica 4-170-46 como lotes 8, 9, 11 y 12 nomenclatura catastral: Circunscripción II, Sección D, Manzana 56, Parcelas 43, 44, 2 y 3 respectivamente, inscripto su título en las Matrículas 2.859, 2.860, 2.861, 2.862 de Avellaneda; b) Una Finca con frente a la calle General Spurr N° 354, nomenclatura catastral: Circunscripción II, Sección D, Manzana 56, Parcela 41-a inscripto su título en la Matrícula 2.857 de Avellaneda; c) Un lote de terreno designado como lote 7, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sec. D, Manzana 56, Parcela 42 inscripto su título en la matrícula 2.858 de Avellaneda; d) una finca con frente a la calle Coronel Brandsen N° 2227, entre Spurr y Ortiz, nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección D, Manzana 56, parcela 4, inscripto su título en la Matrícula 21799 de Avellaneda, provincia de Buenos Aires.
Art. 2: El inmueble citado en el artículo1° será donado en propiedad a la Cooperativa de Trabajo Limitada Unión y Fuerza con cargo de ser el mismo sede de un establecimiento metalúrgico explotado por la misma.
Art. 3: El Organismo de Aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo, teniendo el mismo a su cargo el contralor y la ejecutividad de la donación.
Art. 4: La escritura traslativa de dominio en favor de los donatarios será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta la misma del pago del impuesto al acto.
Art. 5: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente y las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Art. 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo.