Decreto 479/2020

La Plata, 8 de junio de 2020

VISTO el expediente EX-2020-03475155-GDEBA-HIAEPSSMLMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Silvina PRATES, al cargo de Directora Asociada del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo del Médico Norberto Enrique SANTOS, a partir del 1° de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que Silvina PRATES presentó su renuncia, a partir del 31 de enero de 2020, al cargo mencionado en el exordio, quien había sido designada por Decreto Nº 1675/16;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que es procedente limitar la reserva del cargo de revista también dispuesta por Decreto N° 1675/16, y dejar establecido que Silvina PRATES, se reintegra a sus funciones de Médica de Hospital “B” – Especialidad: Neumonología Pediátrica, en el establecimiento citado en el exordio de la presente, con un régimende treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que la especialidad Neumonología Pediátrica es considerada insalubre a los fines previsionales, mediante Decreto Nº 2198/01 y su ampliatorio Decreto Nº 2868/02;

Que la Dirección Provincial de Personal informó que la agente de referencia no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que, en consecuencia, se gestiona designar, a partir del 1° de febrero de 2020, al Médico Norberto Enrique SANTOS, en el cargo de Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud;

Que, en virtud del trámite propiciado, Norberto Enrique SANTOS reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “A” - Especialidad: Neonatología, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el nosocomio de referencia, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que es procedente dejar establecido que el profesional citado en el párrafo precedente, una vez que concluya su desempeño como Director Asociado del mencionado nosocomio, retomará a su cargo de revista en el régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, ya que la especialidad Neonatología es considerada insalubre a los fines previsionales mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02;

Que, por otra parte, se propicia limitar las funciones interinas de Jefe de Unidad de Consulta Referencia y Contra Referencia, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera el ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el nosocomio de referencia, que le fueran asignadas por Resolución Nº 1059/18 del Ministerio de Salud, a partir del 15 de mayo de 2018;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 3° del Decreto N° 99/2020, modificatorio del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de enero de 2020, la renuncia presentada por Silvina PRATES (DNI N° 18.484.043 – Clase 1967), como Directora Asociada del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto Nº 1675/16, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2º. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de enero de 2020, la reserva del cargo de revista dispuesta por Decreto Nº 1675/16, dejando establecido que la profesional citada en el artículo precedente, retomará sus funciones de Médica de Hospital “B” – Especialidad: Neumonología Pediátrica, en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que la especialidad Neumonología Pediátrica es considerada insalubre a los fines previsionales, mediante Decreto Nº 2198/01 y su ampliatorio Decreto Nº 2868/02.

ARTÍCULO 3°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero de 2020, las funciones interinas de Jefe de Unidad de Consulta Referencia y Contra Referencia, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, a Norberto Enrique SANTOS (DNI N° 14.263.375 – Clase 1960), que le fueran asignadas mediante Resolución Nº 1059/18 del Ministerio de Salud, a partir del 15 de mayo de 2018.

ARTÍCULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al Médico Norberto Enrique SANTOS (DNI N° 14.263.375 – Clase 1960), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5º. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero de 2020, el cargo que posee como Médico de Hospital “A” – Especialidad: Neonatología, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera el ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 6º. Dejar establecido que una vez que concluya su desempeño como Director Asociado del nosocomio mencionado precedentemente, Norberto Enrique SANTOS (DNI N° 14.263.375 – Clase 1960), retomará a su cargo de revista en el régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, ya que la especialidad Neonatología es considerada insalubre a los fines previsionales mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02.

ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador