Fundamentos de la Ley 12289

 

 

Motiva el presente proyecto de ley, la grave problemática que presenta el departamento judicial de Trenque Lauquen, en cuanto a la marcada escasez de órganos asignados al Ministerio Público Fiscal, para hacer frente a la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, previs­ta para el 1 de octubre de 1998.

La modificación que se intenta introducir al artículo 22 inciso b) de la Ley 12.060, es al efecto de asignar un (1) agente fiscal y un (1) adjunto de agente fiscal al Departamento Judicial de Trenque Lauquen, sumando así un total de tres en cada uno de los cargos mencionados.

Haciendo una comparación por cantidad de habitantes y extensión territorial se puede observar por ejemplo que al Departamento Judicial de Pergamino, se le otorga un agente fiscal más y tres adjuntos de agentes fiscales, sumando un total de seis fiscales y dicho departamento judicial tan sólo posee una superficie de 3.972 kilómetros cuadrados, y una población de 116.259, con dos partidos: Pergamino y Colón; en el Departamento Judicial de Necochea, se establecieron un agente fiscal y un fiscal adjunto (artículo 17 ley 12.060), sumando un total de tres fiscales, contando este departamento con una superficie de 12.214 kilómetros cuadrados y 110.824 habitantes, estando integrado por tres partidos (Necochea, Lobería y San Cayetano); con respecto al Departamento Judicial de Junín, el que posee similitud con el de Trenque Lauquen, se creó el cargo de una agente fiscal y dos adjuntos, resultando un total de seis fiscales; y así se podría seguir comparando con otros departamentos judiciales.

Como se puede observar, el Departamento Judicial de Trenque Lauquen, tercero en su extensión territorial supera en: a) 38.728 kilómetros cuadrados y en 107.885 habitantes al departamento de Pergamino; b) en 30.486 kilómetros cuadrados y 113.316 habitantes al de Necochea y c) en 22.074 kilómetros cuadrados con similitud de habitantes respecto al de Junín.

Por lo antes expuesto, considero que para lograr una seria implementación del nuevo Código de Forma, es imprescindible contar como mínimo con la estructura funcional y los cargos indispensables para cubrir las necesidades que demanda el citado departamento judicial.

Por lo expresado ut supra es que solicito a esta Honorable Cámara de Diputados apruebe el presente proyecto de ley.