GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución firma conjunta Número: RESFC-2018-1348-GDEBA-DGCYE
LA PLATA, 23 de mayo de 2018.
Referencia: 5811-2597163/2018
VISTO el expediente N° 5811-2597163/2018, y;
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Buenos Aires aprobó e impulsa la creación de la Red Federal de Mejora de los Aprendizajes (Resolución CFE N° 284/16), como también el Plan Estratégico Nacional 2016-2019 “ARGENTINA ENSEÑA Y APRENDE” (Resolución CFE N° 285/16), el Plan Nacional de Formación Docente 2016-2021 (Resolución CFE N° 286/16) en el que se establecen dentro de los ejes centrales de la política educativa la formación docente, el desarrollo profesional y la enseñanza de calidad;
Que los nuevos ejes del Plan Estratégico Nacional requieren contextualizar las políticas de formación docente en curso en la Jurisdicción;
Que las normativas que organizan la presentación de propuestas formativas requieren una actualización de sus fundamentos y en sus procedimientos, en particular se necesitan nuevas pautas para la presentación, implementación y supervisión de proyectos, a cargo de las Instituciones Oferentes Externas (Resolución N° 3817/07);
Que en consecuencia resulta adecuado posponer por dos ciclos lectivos la convocatoria para la recepción de proyectos de capacitación de instituciones oferentes externas;
Que, no obstante los dos años de suspensión, el subsecretario de educación podrá habilitar en campos de conocimiento definidos como prioritarios la convocatoria de proyectos específicos;
Que la presente es propiciada por la Dirección de Formación Continua y la Subsecretaría de Educación de este organismo;
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69 incisos e) e y), y 71 de la Ley N° 13.688, los alcances de las Leyes N° 13666, N° 14815, N° 14828 y el Decreto N° 1018/16, resulta viable el dictado del pertinente acto resolutivo;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Posponer, por el término de 2 (dos) ciclos lectivos, la convocatoria para la recepción de proyectos de capacitación de instituciones oferentes externas.
ARTÍCULO 2°. Establecer que la Subsecretaría de Educación podrá autorizar la presentación de proyectos, antes del plazo señalado, en los casos que se alcancen consensos en los campos de conocimiento de la Formación Docente Continua.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente resolución será refrendada por el Subsecretario de Educación de este Organismo.
ARTÍCULO 4°. Registrar esta resolución, en la Dirección de Coordinación Administrativa, comunicar a la Subsecretaría de Educación, a la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial, y Administrativa, a la Dirección Provincial de Consejos Escolares, a la Dirección Provincial de Formación Docente , a la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, a la Dirección de Educación Secundaria, a la Dirección de Educación Primaria, a la Dirección de Educación Inicial, a las Direcciones de niveles y modalidades, a la Dirección de Inspección General, a la Dirección de Formación Continua, a la Dirección de Tribunales de Clasificación (Comisión Permanente de Estudio de Títulos), a la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Sergio Siciliano Gabriel Sanchez Zinny
Subsecretario Director General
Subsecretaría de Educación de Cultura y Educación
C.C. 6460